La Audiencia de Sevilla ha dictado una sentencia condenatoria de 15 años de prisión para Fernando Jesús L.G. por un delito de asesinato, luego de que el jurado popular lo encontrara culpable de matar a otro hombre en Alcalá de Guadaíra en septiembre de 2022. El jurado determinó que el acusado aprovechó que la víctima se desmayó después de sufrir una lesión en la cabeza y lo estranguló con un lazo. Además, se estableció que el acusado no había consumido alcohol ni drogas previamente al crimen y que decidió robar las pertenencias de la víctima después del asesinato.

La sentencia, que inicialmente había sido solicitada por la Fiscalía en 20 años de prisión, consideró la atenuante de confesión y condenó al acusado a 15 años de cárcel, así como a una multa de 180 euros por hurto y a indemnizar con 17.000 euros a cada una de las hermanas del fallecido.

El jurado popular, casi por unanimidad, determinó que el acusado golpeó a la víctima con una piedra en la cabeza, lo que provocó su desvanecimiento, momento en el cual decidió estrangularlo con un lazo y un palo, aumentando la presión en el cuello hasta causarle la muerte.

Fernando Jesús L.G., durante el juicio, admitió la agresión con la piedra pero afirmó no recordar el estrangulamiento debido a su estado de embriaguez por el consumo de drogas y alcohol.

El jurado también encontró probado que el acusado decidió robar las pertenencias de la víctima después de cometer el asesinato y que se entregó voluntariamente a la Policía Nacional de Alcalá de Guadaíra, colaborando con la investigación.

En cuanto a la compra de un teléfono móvil después del crimen, el jurado determinó que fue otra persona quien pagó el dispositivo con dinero propio y no con el dinero sustraído al fallecido.

Finalmente, la Fiscalía redujo su petición de pena a 20 años de cárcel por el delito de asesinato, eliminando la acusación de robo con violencia y solicitando una multa de 900 euros por un delito leve de hurto.

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