La Audiencia de Sevilla ha dictado una sentencia en la que condena a la empresa aseguradora de Tussam, la sociedad de transportes urbanos del Ayuntamiento de Sevilla, a indemnizar con 1.202 euros a una pasajera que resultó herida al bajarse del autobús.

En esta sentencia, emitida el pasado 29 de junio y recogida por Europa Press, la Sección Sexta de la Audiencia de Sevilla ha resuelto el recurso de apelación presentado por una mujer contra una resolución previa del Juzgado de Primera Instancia número 14, que había desestimado su demanda contra Tussam y su aseguradora, Zurich Seguros.

La demandante alegó que el 25 de septiembre de 2018 viajaba en uno de los autobuses de Tussam y, al bajarse en la parada de la calle Fidelio, se cayó al suelo al pisar la calzada y el bordillo debido a que el autobús no se había acercado correctamente a la acera. Como consecuencia de la caída, sufrió un esguince de tobillo y reclamó una indemnización de 2.784,57 euros por el seguro de responsabilidad civil y de 1.202 euros por el seguro obligatorio de viajeros, además de 193 euros por la compra de dos inmovilizadores de tobillo y 8,40 euros por gastos de transporte.

Sin embargo, el Juzgado de Primera Instancia número cuatro desestimó la demanda inicial al considerar que la mujer no había demostrado que hubiera estado en el autobús en la mañana del 25 de septiembre ni que hubiera sufrido la caída en la parada de la calle Fidelio.

En cambio, la Audiencia ha considerado que existen pruebas que demuestran los hechos, como el parte de accidente aportado por las entidades demandadas, la declaración en juicio del conductor del autobús y la atención sanitaria recibida por la mujer en una clínica privada por indicación de Zurich.

Por tanto, la Audiencia ha concluido que la demandante resultó lesionada como consecuencia de utilizar el autobús y que la aseguradora debe responder por las lesiones sufridas como viajera, por un importe de 1.202 euros, conforme al seguro obligatorio de viajeros. Sin embargo, el tribunal ha descartado las otras cantidades reclamadas como indemnización al no considerar probado que el autobús no se aproximó correctamente al acerado.

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