La Audiencia de Sevilla ratifica sentencia que obliga a desalojar vivienda de Emvisesa por falta de título y pago de renta

La Audiencia de Sevilla ha confirmado la sentencia que condena a un hombre a abandonar un piso de la Empresa Municipal de Equipamiento, Vivienda y Suelo de Sevilla (Emvisesa) que ocupaba sin autorización ni pagar alquiler. A pesar de alegar parentesco con la inquilina fallecida, el tribunal descarta la subrogación arrendaticia al no cumplir con los requisitos exigidos.

Según la resolución recogida por Europa Press, el hombre había convivido con la arrendataria del inmueble durante dos años antes de su muerte, argumentando que tenía derecho a subrogarse en el contrato de arrendamiento. Sin embargo, la Audiencia determinó que no había probado el cumplimiento de los requisitos necesarios para llevar a cabo dicha subrogación.

El conflicto surgió cuando Emvisesa envió un burofax al demandado indicándole que ocupaba la vivienda sin autorización, solicitando su desalojo en un plazo de un mes al no haber comunicado la subrogación en el contrato de arrendamiento. A pesar de las alegaciones del demandado, la Audiencia concluyó que no se había producido la subrogación arrendaticia por incumplir con los requisitos legales.

En este sentido, la Audiencia señaló que el demandado no notificó a la entidad arrendadora la muerte de la arrendataria ni acreditó su parentesco, lo que llevó a la extinción del contrato de arrendamiento. Ante la falta de título que le habilite y la ausencia de pago de renta, se ratificó la sentencia de desalojo por precario.

En resumen, la Audiencia de Sevilla desestimó el recurso presentado por el demandado, confirmando la obligación de abandonar la vivienda de Emvisesa por ocuparla ilegalmente y sin cumplir con los requisitos legales para la subrogación arrendaticia.

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