El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia anterior que rechaza la solicitud de una indemnización de 100.000 euros por parte de un agente de la Policía Local de Osuna, quien acusó al Ayuntamiento de incumplir las obligaciones de prevención de riesgos laborales. El tribunal no encontró evidencia de que el agente hubiera sido víctima de acoso laboral, como él afirmaba.
La sentencia emitida el 20 de junio aborda un recurso presentado por el policía local contra la decisión del Juzgado de lo Social número 12 de Sevilla, que desestimó su reclamo de indemnización. El juzgado había determinado que no existía acoso laboral después de investigar las denuncias realizadas por el agente en 2018.
La Audiencia de Sevilla respaldó la decisión del juzgado y explicó que el agente generó malestar y tensión en la Policía Local al desafiar las directrices de las autoridades municipales. La sentencia también confirmó que el Ayuntamiento de Osuna contaba con un Plan de Prevención de Riesgos Laborales y había comunicado al agente la obligación de realizar un curso al respecto.
El TSJA rechazó el recurso del agente, argumentando que no se demostró la existencia de acoso laboral ni de daño causado por el Ayuntamiento. El tribunal señaló que la estrategia de victimización del agente era infundada y que no se cumplían los requisitos para recibir una indemnización. En conclusión, la sentencia inicial fue confirmada en su totalidad.