El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado un recurso presentado por una empresa contra la negativa de la Demarcación de Carreteras del Estado para permitir la construcción de un «cuarto carril de desaceleración» desde la autovía A-49 hacia los terrenos de una gasolinera en Castilleja de la Cuesta, en el tramo aljarafeño de la mencionada autovía.

La sentencia emitida el 17 de enero aborda un recurso contencioso administrativo de la empresa Construcciones Rimini, contra una resolución de 2021 de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental, la cual se negó a autorizar las obras para el cuarto carril de desaceleración y su conexión con la rotonda Ginés, Bormujos y Castilleja de la Cuesta, en la A-49.

La empresa solicitó que se obligara a la Administración a construir el cuarto carril de acceso a su propiedad desde la A-49, basándose en una autorización otorgada en 1991 y un convenio de 1994. Sin embargo, el TSJA determinó que no existía un compromiso por parte de la Administración para llevar a cabo dicha construcción, ya que se optó por un tercer carril y un acceso a la gasolinera a través de una glorieta y vía de servicio.

Por lo tanto, el TSJA desestimó el recurso de la empresa contra la resolución desfavorable de la Administración, concluyendo que no hay obligación de construir el cuarto carril de desaceleración solicitado.

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