La Audiencia de Sevilla ha tomado la decisión de revocar una sentencia previa en la que se condenaba a una mujer por un delito de lesiones hacia una vecina. Este hecho ocurrió cuando la mujer agarró a la vecina para evitar que escapara de la Policía, quienes presuntamente iban a detenerla para llevarla al servicio de urgencias psiquiátricas. La Audiencia ha expresado que existe «una duda razonable sobre el estado psíquico» de la mujer acusada, lo que lleva al tribunal a considerar la posibilidad de que haya actuado en legítima defensa.

En un fallo emitido el pasado 21 de noviembre, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha revisado un recurso de apelación presentado por la mujer condenada, quien fue sentenciada por un juzgado a pagar una multa y una indemnización de 215 euros por un delito leve de lesiones. Según la sentencia inicial, el incidente tuvo lugar el 31 de octubre de 2022 en la calle Castillo de La Algaba de Sevilla, donde la acusada mordió la mano y arañó a la denunciante, causándole lesiones.

Al analizar el recurso de apelación, la Audiencia ha destacado que se omitieron «informaciones relevantes» durante el juicio que podrían haber sido favorables para la acusada. Por ejemplo, se mencionó que el incidente ocurrió en el contexto de una intervención policial y sanitaria, donde la acusada fue trasladada a un hospital. Incluso la víctima afirmó que la acusada estaba «desquiciada» y nerviosa, intentando escapar de la Policía, lo que llevó a que la agarren para evitar su huida, momento en el que se produjo la agresión.

La Audiencia de Sevilla ha detectado dudas sobre si la acusada actuó en legítima defensa, especialmente dado que no se ha confirmado oficialmente que iba a ser detenida por la Policía para su traslado al servicio de urgencias psiquiátricas. Además, el ingreso hospitalario inmediato posterior al incidente y la duración de dicho ingreso generan dudas sobre el estado psíquico de la acusada, lo que podría enmarcarse en la eximente completa recogida en el Código Penal.

Por tanto, la Audiencia de Sevilla ha decidido estimar el recurso de apelación, revocando la sentencia inicial condenatoria y absolviendo a la mujer del delito de lesiones que se le imputaba.

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