La Audiencia de Sevilla ha ratificado una sentencia que condena a un hombre por defraudación de fluido eléctrico a través de una conexión ilegal en su casa en la ciudad. La sentencia afirma que no se ha demostrado un estado de necesidad y que el acusado no agotó las opciones para evitar el mal, como acudir a servicios sociales o instituciones de caridad.

La sentencia, emitida el 17 de mayo, confirmó la multa impuesta al hombre por el delito de defraudación de fluido eléctrico y la indemnización a Endesa por los daños causados. Según el Juzgado de Instrucción, el acusado obtuvo ilegalmente energía eléctrica durante un año, con un valor total de más de 2.000 euros.

En su apelación, el acusado alegó un estado de necesidad que la sentencia original no consideró. Sin embargo, la Audiencia señaló que no se demostró que el acusado hubiera agotado todas las opciones antes de recurrir a la conexión ilegal.

El tribunal desestimó el recurso de apelación y confirmó la sentencia condenatoria inicial.

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