El Tribunal Supremo ha revocado una sentencia del Juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla que condenó a un hombre por un delito de robo con fuerza en casa habitada con la agravante de reincidencia. La razón de la anulación se debe a que el acusado ya había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 13 por los mismos hechos, y ambas sentencias fueron dictadas «de conformidad» con el acusado.
La sentencia del Supremo, emitida el 26 de enero, fue resultado de un recurso de revisión interpuesto por la Fiscalía contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 15. El recurso se basó en el principio non bis in idem, que prohíbe el doble enjuiciamiento por un mismo hecho.
El Tribunal Supremo detalló que la sentencia del Juzgado de lo Penal número 15 fue dictada «de conformidad» con el acusado el 15 de febrero de 2023, tras ser instruido por el Juzgado de Instrucción número 18. Además, se estableció que el acusado, con antecedentes penales por hechos similares, se dirigió a una vivienda de Sevilla en septiembre de 2019, accediendo al interior y sustrayendo efectos por un valor pericial de 2.200 euros.
Asimismo, el Tribunal Supremo constató que el Juzgado de lo Penal número 13 ya había condenado al mismo hombre a 15 meses de prisión por los mismos hechos el 28 de mayo de 2021. En este caso, el acusado accedió a otra vivienda y sustrajo una bicicleta, un horno y una pantalla de televisión, con un valor total de 950 euros, además de causar daños por 550 euros.
El Supremo concluyó que el acusado fue condenado dos veces por los mismos hechos, por lo que se decidió dar prevalencia a la primera sentencia y declarar la nulidad de la segunda. Por lo tanto, se estimó el recurso de revisión de la Fiscalía y se anuló la sentencia condenatoria emitida por el Juzgado de lo Penal número 15.